• Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: EMILIA GIMENEZ YUSTE
  • Nº Recurso: 678/2023
  • Fecha: 19/07/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La tasa grava con un 1,25% de los ingresos brutos facturados, presumiendo un mayor aprovechamiento del dominio público por parte de los operadores postales que distribuyen directamente los bienes adquiridos a través de comercio electrónico a destinos finales indicados por los consumidores. La sentencia declara que la Ordenanza parte de una presunta, o cuanto menos indeterminada, superficie ocupada que consiste en los "destinos finales indicados por los consumidores", por lo que la tasa controvertida recae sobre la actividad en sí misma considerada y no sobre la ocupación del dominio público local, ocupación que se calcula a partir de la facturación del operador. Se toma por ello en consideración la naturaleza jurídica de la actividad y el gravamen se obtiene sobre una base imponible que es expresiva de una capacidad económica, por lo que más que una verdadera tasa, es la de un auténtico impuesto que gravaría los potenciales o previsibles rendimientos obtenidos por actividades de las empresas distribuidoras de las mercancías adquiridas por comercio electrónico. Constituye un auténtico "impuesto" que grava los rendimientos obtenidos por actividades de empresarios privados de manera virtualmente idéntica a los impuestos que gravan la adquisición de renta por actividades, expresiva de capacidad económica. Existe voto particular.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: EMILIA GIMENEZ YUSTE
  • Nº Recurso: 1146/2023
  • Fecha: 19/07/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La tasa grava con un 1,25% de los ingresos brutos facturados, presumiendo un mayor aprovechamiento del dominio público por parte de los operadores postales que distribuyen directamente los bienes adquiridos a través de comercio electrónico a destinos finales indicados por los consumidores. La sentencia declara que la Ordenanza parte de una presunta, o cuanto menos indeterminada, superficie ocupada que consiste en los "destinos finales indicados por los consumidores", por lo que la tasa controvertida recae sobre la actividad en sí misma considerada y no sobre la ocupación del dominio público local, ocupación que se calcula a partir de la facturación del operador. Se toma por ello en consideración la naturaleza jurídica de la actividad y el gravamen se obtiene sobre una base imponible que es expresiva de una capacidad económica, por lo que más que una verdadera tasa, es la de un auténtico impuesto que gravaría los potenciales o previsibles rendimientos obtenidos por actividades de las empresas distribuidoras de las mercancías adquiridas por comercio electrónico. Constituye un auténtico "impuesto" que grava los rendimientos obtenidos por actividades de empresarios privados de manera virtualmente idéntica a los impuestos que gravan la adquisición de renta por actividades, expresiva de capacidad económica. Existe voto particular.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Málaga
  • Ponente: MARIA TERESA GOMEZ PASTOR
  • Nº Recurso: 931/2023
  • Fecha: 18/07/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala comienza recordando que no existe óbice procedimental para que la Administración de los tributos examine los requisitos para aplicar un beneficio fiscal en el marco de un procedimiento de comprobación limitada, siempre que estas actuaciones comprobadoras se contraigan al marco de restricciones establecido en la LGT, no siendo aplicable la doctrina jurisprudencial que sustenta el recurso pues en ella de lo que se trataba es de discernir la aplicación de un régimen fiscal especial para sociedades parcialmente exentas, que no es el caso, en el que se está discutiendo la concurrencia de los requisitos que permiten hacerse beneficiario del tipo reducido de ITPO para profesionales del sector inmobiliario. Y en cuanto al fondo, y con apoyo en anterior sentencia propia, confirma el planteamiento de la AEAT, sosteniendo la corrección de la resolución del TEARA en base a la incompatibilidad del negocio traslativo de la finca a una sociedad tercera, con la finalidad de la ventaja fiscal estudiada, orientada a favorecer el tráfico inmobiliario a partir de operaciones de reventa a terceros de la finca adquirida por el profesional beneficiado por el tipo reducido.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE MARIA SEGURA GRAU
  • Nº Recurso: 1494/2021
  • Fecha: 17/07/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Señala la Sala que la exención los rendimientos del trabajo percibidos por trabajos realizados en el extranjero se enmarca en los siguientes parámetros:1.el incentivo fiscal pretende la internacionalización del capital humano con residencia en España, reduciendo la presión fiscal de quienes sin dejar de ser residentes se trasladan temporalmente a trabajar al extranjero.Añadiendo que el incentivo no está pensado en beneficio de las empresas sino de los trabajadores.2. En segundo lugar, la exención exige dos requisitos:(i) que dichos servicios o trabajos se realizasen para empresa o entidad no residente en España o un establecimiento permanente radicado en el extranjero y (ii) que en el territorio en el que se prestasen se aplicara un impuesto de naturaleza idéntica o análoga al que entre nosotros grava la renta de las personas físicas, siempre que no se tratase de un territorio o país considerado como paraíso fiscal. 3. que el precepto no exige la existencia de dos compañías, la empleadora residente y la extranjera a cuyo favor se realizan los servicios. y 4. Por último, la exención tampoco contempla cuál debe ser la naturaleza de los trabajos ni exige una determinada duración o permanencia en los desplazamientos. En particular, no prohíbe que se trate de labores de supervisión o coordinación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JOSE NAVARRO SANCHIS
  • Nº Recurso: 5470/2023
  • Fecha: 17/07/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo consiste en determinar si la nulidad de los preceptos de una norma que regulan el objeto y el hecho imponible, la base imponible y la determinación de los tipos imponibles de un tributo, en cuanto configura una ayuda de Estado contraria al ordenamiento comunitario, alcanza al tributo en su conjunto, debiéndose confirmar o no las liquidaciones tributarias por cumplir el resto de los presupuestos recogidos en dicha norma.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JOSE NAVARRO SANCHIS
  • Nº Recurso: 2986/2023
  • Fecha: 17/07/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar si la nulidad de los preceptos de una norma que regulan el objeto y el hecho imponible, la base imponible y la determinación de los tipos imponibles de un tributo, en cuanto configura una ayuda de Estado contraria al ordenamiento comunitario, alcanza al tributo en su conjunto, debiéndose confirmar o no las liquidaciones tributarias por cumplir el resto de los presupuestos recogidos en dicha norma.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JOSE NAVARRO SANCHIS
  • Nº Recurso: 4098/2023
  • Fecha: 17/07/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo consiste en determinar si la nulidad de los preceptos de una norma que regulan el objeto y el hecho imponible, la base imponible y la determinación de los tipos imponibles de un tributo, en cuanto configura una ayuda de Estado contraria al ordenamiento comunitario, alcanza al tributo en su conjunto, debiéndose confirmar o no las liquidaciones tributarias por cumplir el resto de los presupuestos recogidos en dicha norma.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JOSE NAVARRO SANCHIS
  • Nº Recurso: 4391/2023
  • Fecha: 17/07/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión con interés casacional objetivo consiste en determinar si la nulidad de los preceptos de una norma que regulan el objeto y el hecho imponible, la base imponible y la determinación de los tipos imponibles de un tributo, en cuanto configura una ayuda de Estado contraria al ordenamiento comunitario, alcanza al tributo en su conjunto, debiéndose confirmar o no las liquidaciones tributarias por cumplir el resto de los presupuestos recogidos en dicha norma.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JOSE NAVARRO SANCHIS
  • Nº Recurso: 7566/2023
  • Fecha: 10/07/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar si resulta de aplicación la exención prevista en el artículo 7.p) LIRPF a los rendimientos percibidos por trabajos desarrollados por los tripulantes de buques de guerra de la Armada Española que navegan en aguas internacionales en el marco de operaciones de la Unión Europea.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: FRANCISCO JAVIER PARDO MUÑOZ
  • Nº Recurso: 1093/2022
  • Fecha: 05/07/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala estima parcialmente el recurso contra la Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional estimatoria en parte de las reclamaciones formuladas frente al acuerdo de liquidación, que el TEAR anula en parte, y de imposición de sanción, que el TEAR anula en su integridad, por el IRPF, ya que se rechaza por la Administración la aplicación de la exención pretendida al no haberse acreditado que el edificio donado fuera ganancial y que el reclamante ejerciera de forma habitual, personal y directa la actividad económica a la que están afectos los inmuebles. Se analiza la infracción del procedimiento de comprobación limitada determinante de su nulidad de pleno derecho, que se rechaza dado que se considera que el requerimiento que dio inicio al procedimiento de comprobación no carecía de los presupuestos establecidos en la Ley, siendo su contenido literosuficiente en cuanto al motivo y alcance de las actuaciones y la irregularidad denunciada carece de efecto invalidante al no apreciarse que haya causado indefensión, en cuanto a la inexistencia de ganancia patrimonial que para tener derecho a la reducción se deben cumplir los requisitos exigidos legalmente, entre los que se encuentran, que se trate de bienes exentos del Impuesto sobre el Patrimonio, lo que no acontece existiendo prueba que acredita el carácter privativo de los inmuebles, si bien se estima parcialmente el recurso en cuanto a la cuantificación de la ganancia patrimonial.

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